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ACERCA DE AI
GUÍA AL USUARIO
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por Alerta Internacional
Política de privacidad
I. Política
1. Alerta Internacional (AI) tiene el
compromiso de hacer que la información
sobre sus investigaciones, proyectos,
programas u operaciones está a
disposición del público general. AI
considera que el acceso público a la
información es un factor determinante en
la protección y respeto de los derechos
humanos así como un elemento
determinante el combate contra la
corrupción y la desinformación que
ampara los casos de crímenes contra la
humanidad. AI estima que a través del
trabajo conjunto de especialistas e
investigadores se halla el camino más
confiable para entregar herramientas
serias y responsables al gran público y
sus actores principales.
2. La Política sobre Divulgación de
Información de Alerta Internacional
(mencionada en adelante como �Política�)
tiene el propósito de asegurar que la
información sobre sus investigaciones,
proyectos, programas u operaciones está
a disposición del público, salvo por la
información limitada que se considera
confidencial o privilegio de sus
donantes y patrocinadores, según se
establece en la presente Política. En su
condición de responsable de la buena fe
pública, AI tiene responsabilidades
directas para con la opinión pública,
incluyendo el mundo académico,
gubernamental y las iniciativas privadas
así como sus donantes y protectores. El
acceso público a una información
completa y oportuna mantenida o generada
por AI continuará facilitando la lucha
contra la impunidad, corrupción y
crímenes contra la humanidad, así como
el sentimiento de dignidad humana y
nacional según se expresa en la misión
fundamental de AI y se refleja en sus
investigaciones, proyectos, programas y
operaciones.
3. La Política se ha desarrollado
teniendo en cuenta las declaraciones y
conferencias intergubernamentales más
importantes de las Naciones Unidas y
convenios internacionales en materias de
respeto a los derechos humanos, combate
a la corrupción y los crímenes contra la
humanidad así como de promoción de la
dignidad humana y nacional y el derecho
de libre información.
4. A
los efectos de la presente Política, el
túrmino �información� se define como
todo material impreso o electrónico que
proporcione conocimiento sobre las
actividades de AI, incluyendo, a título
ilustrativo pero no limitativo, las
investigaciones, proyectos, programas u
operaciones de AI.
5. La presente Política se aplica a AI y
a las investigaciones, proyectos,
programas u operaciones asociadas.
6. Los responsables de AI, sus
directivos y representantes nacionales
así como los corresponsales delegados
deberán ser responsables del
cumplimiento de la presente Política.
II. Acceso público
7. La información disponible en los
sitios Web de AI corresponde a sus
investigaciones, proyectos, programas y
operaciones. En caso de que la
información no se encuentre disponible
en el sitio Web de AI, el público puede
comuÚnicarse con el equipo editorial o
podrá acceder a la información a través
de otras fuentes tales como, por
ejemplo, bibliotecas depositarias,
librerías e iniciativas asociadas, redes
sociales u organismos de cooperación,
dependiendo de la naturaleza de la
información deseada. Los responsables de
AI, sus directivos y representantes
nacionales así como los corresponsales
delegados serán responsables de asegurar
que se atiendan debidamente las
solicitudes de información del público.
8. La información se encuentra
disponible en al menos uno de los tres
idiomas de trabajo del AI (inglés,
francés y español).
9. Esta política reconoce que las crisis
y conflictos humanitarios y ciertas
situaciones de corrupción presentan
desafíos en términos de las relaciones
entre AI y los gobiernos y otros grupos
de interés afectados. El principio
fundamental que se aplica a la
divulgación de información en estas
situaciones o en las comunidades que
presentan niveles elevados de tensiones
políticas, sociales y culturales es la
información responsable. No obstante, AI
reconoce que, en ciertas situaciones, la
información sensible relativa a los
contextos políticos y económicos debe
mantener su carácter confidencial.
10. Práctica y principios actuales sobre
confidencialidad
Si bien AI tiene el compromiso de contar
con un sistema de divulgación de
información abierto y transparente,
existen consideraciones jurídicas,
operativas y prácticas que son
necesarias para preservar los intereses
de la organización así como los de su
personal y sus diversos asociados.
Siguiendo modelos universales de
privacidad se establecen excepciones que
figuran a continuación en los literales
(a) a (g) que se ajustan a las adoptadas
por las organizaciones internacionales
de mayor rigor y solvencia profesional,
y están limitadas a lo necesario para
preservar las necesidades públicas o
privadas, esenciales y legítimas (por
ejemplo, la privacidad personal). La
información correspondiente a las
siguientes categorías se considera
confidencial y no se encuentra a
disposición del público:
(a) Información recibida de terceros o
enviada a terceros con carácter de
confidencialidad;
(b) Información cuya divulgación puede
poner en peligro la integridad o
seguridad de alguna persona, violar sus
derechos o invadir su privacidad;
(c) Información cuya divulgación puede
poner en peligro la seguridad de los
miembros, cooperadores, investigadores,
donantes, protectores y asociados o
lesionar la seguridad o el desarrollo
apropiado de alguna operación o
actividad de AI;
(d) Información cubierta por privilegios
jurídicos o relativa al acceso a
informes de análisis interno;
(e) Documentos internos entre oficinas o
dentro de la misma oficina, incluyendo
los mensajes de correo electrónico y los
borradores de documentos;
(f) Información comercial cuya
divulgación podráa lesionar los
intereses financieros de AI o de otras
partes involucradas;
(g) Información cuya divulgación podráa
en opinión de AI socavar gravemente el
diálogo sobre políticas con miembros o
los asociados en la ejecución.
11. Se podrán rechazar los pedidos de
información que se consideren abusivos,
excesivos o vejatorios.
III. Proceso de revisión y
apelación
12. Si se han agotado todos los recursos
enumerados en el párrafo 7 y el
solicitante de la información no ha
obtenido la información deseada, o si se
ha denegado la información por motivos
que parezcan no ser congruentes con el
espíritu de la presente Política, el
solicitante podrá dirigirse por escrito
a la Oficina de Garantía de Información
para que se reconsidere su caso. Los
pedidos deberán dirigirse a:
Director, Oficina de
Garantía de Información
Alerta Internacional
Correo electrónico:
[email protected]
13. Se notificará recibo de todas las
solicitudes. El solicitante tendrá
derecho a una respuesta de la Oficina de
Garantía de Información dentro de los 45
días laborales siguientes a la recepción
de la solicitud.
14. En caso de que no llegue a un
acuerdo entre la Oficina de Garantía de
Información y el interesado, la Oficina
formulará recomendaciones al Director de
AI acerca de los resultados que serían
más congruentes con la aplicación de la
Política. El Director será la persona
competente para tomar la decisión final,
teniendo en cuenta las recomendaciones
de la Oficina de Garantía de
Información. |